DERECHOS DE LOS ASOCIADOS
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A
Elegir y ser electos para desempeñar cualquier cargo en la Asociación
B
Tener voz y voto en las sesiones de la Asamblea General
C
Mantenerse informados acerca de los asuntos que se refieren a la Asociación
D
Representar a otro asociado en las sesiones de Asamblea General
E
Hacer ponencias y solicitudes ante los órganos de la Asociación
DEBERES DE LOS ASOCIADOS
A
Cumplir y velar porque se cumplan los estatutos, reglamentos y demás disposiciones aprobadas por la Asamblea General
B
Concurrir a las sesiones y reuniones a las que fueren convocados
C
Desempeñar, con el más alto grado de responsabilidad, los cargos y comisiones que se les confíen
D
Pagar las cuotas ordinarias y extraordinarias que establezca la Asamblea General
E
Cooperar para que el desarrollo de las actividades de la Asociación siempre sea exitoso
REQUISITOS DE INGRESO
Todo miembro, para ser aceptado en la Asociación Naturista Guatemalteca (ASONAGUA), deberá llenar los siguientes requisitos:
1) Llenar la solicitud de ingreso, con letra legible.
2) Presentar un Título o Diploma que lo acredite como profesional de cualquiera de las ramas de la Medicina Natural o terapias a fines. Documento de Identidad, 2 fotografías t/cédula.
3) Los títulos o Diplomas extendidos en otro idioma, tendrán que ser traducidos al español por un Traductor Jurado.
4) En caso de abrir su propio Consultorio o contar ya con él, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a. Permiso por el Departamento del Empleo y Formación profesional, en cumplimiento al Acuerdo Gubernativo del 20 de septiembre de 1978, la cual es expedida gratuitamente cada año por el Depto. del Empleo y Formación profesional.
b. Licencia Sanitaria.
c. Tarjeta de Salud.
d. Patente del Comercio, y
e. Si se dedica al expendio de plantas medicinales y productos naturales, deberá cumplir con el reglamento que norma los productos fitoterapéuticos a cargo de la Dirección General de Servicios de Salud, a través del Departamento de Registro y Control de Medicamentos.
5) Para mantener la ética profesional dentro de la medicina Natural, no se permite ejercer nada que esté fuera del Naturismo Científico.
6) En cumplimiento al artículo 4º. De los estatutos de la Asociación Naturista Guatemalteca, en sus incisos:
a) Estudiar y difundir todos los conocimientos a su alcance, en relación con un régimen de vida humana sana.
b) Promover el conocimiento y el estudio del Naturismo, como alternativa para mantener un régimen de vida humana sana.
c) Estimular el intercambio del conocimiento y del estudio, entre sus socios y otras entidades nacionales e internacionales, etc. (en cada sesión ordinaria)
7) CUOTAS: se considera miembro activo, todo aquel que este al DIA con sus pagos.
8) PAGO DE INSCRIPCIÓN: Q465.00, se le otorgará: Diploma de Asociado, carné para un año, Estatuto y Reglamento, y el Pin Identificativo de la Asociación.
9) PAGO DE MEMBRESIA: Miembros asociados Q315.00 anuales.
10) Los Asociados que se atrasen dos meses con sus cuotas, se les enviara una nota recordándoles que se deben poner al DIA a la mayor brevedad.
11) En casos no previstos en los Estatutos y Reglamento Interno, la Junta Directiva, podrá tomar decisiones para el buen funcionamiento de la Asociación Naturista Guatemalteca “ASONAGUA”.
Consulta de Asociados
Mas adelante vas a poder consultar el estado de cada asociado…